Ilustre Colexio de Avogados de Ourense

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Información sobre el Ilustre Colexio de Avogados de Ourense

Para el ejercicio de la abogacía es obligatoria la colegiación en un Colegio de Abogados, excepto en los casos determinados expresamente por la Ley o por este Estatuto General. Bastará la incorporación a un solo Colegio, que será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio del Estado.

Para pertenecer al Colegio de Abogados de Ourense será preciso hacer falta los requisitos exigidos por la legislación estatal y si fuera necesario por la autonómica, por el Estatuto General de la Abogacía Española y demás normas que fueran de aplicación, solicitar la incorporación al colegio y abonar los derechos de incorporación que se pudieran establecer.

La incorporación de nuevos/las colegiados/es un servicio administrativo que si presta en las oficinas de la secretaría, situada en la sede central del Colegio de Abogados en Calle Concejo, 22, donde se atienden las solicitudes de las nuevas incorporaciones (tanto ejercientes como no ejercientes), incorporación de colegiados/las procedentes de otros países de la UE y de otros países no comunitarios.

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