Extranjería

Ciudadanía

Abogados de extranjería, ciudadaníaLa ciudadanía es la condición de pertenencia de un individuo (ciudadano) a una sociedad o comunidad organizada.

Por lo tanto, la cualidad de ser ciudadano de un Estado consiste en un vínculo jurídico que une al individuo con el Estado y supone la obtención de una serie de obligaciones (como respetar las normas jurídicas y las normas de convivencia de esa sociedad) y derechos políticos (como el derecho de voto y otros derechos para participar en los asuntos del Estado).

La ciudadanía se adquiere, por norma general, con la mayoría de edad, momento en el que se considera que un individuo posee la capacidad y los conocimientos básicos sobre la sociedad como para cumplir debidamente con sus deberes y derechos.

Por otro lado, pueden existir casos excepcionales en los que se adquiere la condición de ciudadano mediante el matrimonio y el paso de varios años. Ahora bien, también habrá personas que pueden ser privadas o suspendidas de esta condición por diversas razones como condenas penales.

Nacionalidad

Abogados de extranjería, nacionalidadEn España, la Ley de Extranjería, desde que se publicó por primera vez en 1985, ha sufrido diversas y profundas modificaciones que han ido cambiando paulatinamente la faz de leyes y reglamentos que tratan sobre los aspectos integradores de los inmigrantes, así como la legislación sobre sus derechos y deberes.
Un extranjero es según las leyes vigentes, quien no es español ni ciudadano de otro país miembro de la Unión Europea. Quedan exentos absolutamente todos los demás países del mundo.

Extranjeros no ciudadanos de la UE que pueden alcanzar una condición regular en España según la Ley de Extranjería

Hay diversas posibilidades que le permiten a alguien obtener una residencia legal en nuestro país.

Con un contrato de trabajo

Si desde su país de origen recibe una oferta de contratación (siempre que esté incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, que se puede consultar pinchando aquí: https://www.redtrabaja.es/) de un empleador español, suponiendo que la situación laboral nacional lo permita.
El empleador debe demostrar la dificultad de contratación para ese puesto en particular presentando el certificado del Servicio Público de Empleo. Esta posibilidad de obtener permiso de residencia y trabajo, sin embargo, es prácticamente nula en el presente.

Entrar en España como turista

Cuando se entra en España como turista y una vez que transcurran los 90 días de residencia legal como turista, y si se queda en el país, su situación administrativa es irregular, es decir, sin papeles legales.
Hay circunstancias excepcionales que le ayudarían a obtener la residencia española sin tener que volver a su país de origen. Tales circunstancias son cuatro, según las leyes de Extranjería:

  • Arraigo
  • Protección internacional
  • Razones humanitarias
  • Colaboración con autoridades (judiciales, administrativas, policiales o fiscales)

Solicitud de nacionalidad por arraigo

Hay tres tipos de arraigo: social, laboral y familiar. Los requisitos que se deben cumplir para poder solicitar el permiso de residencia y trabajo para cada uno de estos puntos en común son:

  • No ser ciudadanos de un país miembro de la UE
  • No ser ciudadano del Espacio Económico Europeo o de Suiza
  • No ser pariente de ciudadanos de algunos de estos países a los que se les aplique el régimen de ciudadanos de la UE
  • No tener antecedentes penales en España o en sus países de origen
  • No tener prohibición de entrada a España
  • No tener condición de figura rechazable en ningún país con el que España tenga firmados convenios en este sentido
  • Si la persona volvió voluntariamente a su país de origen, no encontrarse en el plazo de compromiso de no retorno a España.

Para acogerse al arraigo social

El arraigo social es la solicitud más común, hay que cumplir con lo anteriormente expuesto, y además haber permanecido en España por un periodo mínimo de tres años, con ausencias que no superen los 120 días.

Otro requisito es tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho, descendientes o ascendientes en línea directa y en primer grado) con personas españolas o extranjeras residentes, o presentar un informe para acreditar su integración social en el territorio donde viva.

Otro requerimiento es tener un contrato de trabajo firmado tanto por el empleador como por el solicitante por un periodo no menor de un año, y a jornada completa. El empleador deberá estar registrado en la Seguridad Social y no tener ninguna deuda pendiente con el sistema tributario ni con la Seguridad Social.

El permiso de residencia y trabajo se pide ante la Subdelegación de Gobierno, y deben acreditarse ciertos documentos imprescindibles:

  • La solicitud impresa
  • Copia del pasaporte o cédula de inscripción
  • Documentos que certifiquen la permanencia ininterrumpida en España en un periodo mínimo de tres años
  • Antecedentes penales
  • Documentos que acrediten la filiación familiar exigida y documentos que prueben los medios de vida: el contrato de trabajo, manutención o puesta en marcha de alguna actividad económica por cuenta propia.

Por supuesto, quien otorga la autorización está en su derecho de pedir cualquier otro documento que considere necesario.

Para acogerse al arraigo laboral

Para hacer la solicitud por arraigo laboral, hay que cumplir con los requisitos comunes, y además haber permanecido en España por un mínimo de dos años y presentar documentación que pruebe las relaciones laborales cuya duración no sea menor a 6 meses.

Para acogerse al arraigo familiar

Para solicitar al arraigo familiar, y además de cumplir con los requerimientos en común, debe ser padre o madre de un menor de nacionalidad española, o hija/o de madre o padre español. En este caso, hay que presentar los certificados de nacimiento del menor, o de los progenitores.

Otras alternativas para solicitar la nacionalidad

Nacionalidad por protección internacional

Pueden pedir el permiso a través de la protección internacional las personas desplazadas (legalmente declaradas en tal situación), y a quienes se les negó el asilo, pero tienen permiso del Ministerio del Interior de permanecer en España.

Nacionalidad por razones humanitarias

Pueden pedir el permiso de residencia y trabajo las víctimas de delitos de racismo, antisemitismo u otro tipo similar de discriminación. Víctimas de delitos violentos en el entorno familiar (en cuyo caso deberá presentar la sentencia a favor de la víctima).
Los gravemente enfermos que necesiten de atención especializada, con presentación de informes médicos que prueben que en su país de origen no se suministran tales tratamientos.
Las personas que corran riesgo mortal por volver a sus países de origen.

Nacionalidad por colaboración con las autoridades

Si la persona está involucrada en una investigación (de cualquier índole) donde su testimonio sea vital o importante, las autoridades correspondientes podrán concederle el permiso, tramitado ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno.

Nacionalidad en otros casos

Hay otros casos en los que se puede solicitar el permiso de residencia temporal y trabajo, como es el caso de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género, circunstancia que deberá estar debidamente denunciada y puesta de manifiesto.

La reagrupación familiar es otro de los casos en los que se puede solicitar el permiso de residencia y trabajo. Quienes pueden pedirlo son cónyuges o parejas registradas del residente legal, hijos menores de 18 años o que estén discapacitados, o personas representadas legalmente por el solicitante, así como a ascendientes en primer grado del residente que sean mayores de 65 años. Se puede obtener información en la siguiente página:

Permisos de residencia

Abogados para solicitud de residenciaEstos permisos pueden ser temporales o permanentes. El primero dura un año, y cuando se renueva tiene vigencia de dos años; a la tercera renovación, el permiso será por 5 años.

En el caso de los permisos permanentes, los extranjeros tienen la autorización para residir y trabajar en España indefinidamente.

Para poder renovar el permiso temporal, la persona solicitante debe cotizar cada año al menos tres meses a jornada completa, y si no tiene empleo buscarlo activamente (y tendrá que estar inscrito en SAE) durante el tiempo que no cotice. También puede presentar el contrato de trabajo, y si tiene un año a jornada completa, puede optar a solicitar el permiso por arraigo social.

Requisitos para obtener el permiso permanente

Según la Ley de Extranjería, la persona deberá tener permanencia legal durante 5 años, sin salir más de 6 meses de España. No tener antecedentes penales ni informes desfavorables, y estar al día con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.

Residencia para ciudadanos de la UE

Los estados miembros de la UE son Alemania, Austria, Irlanda, Italia, Bélgica, Bulgaria, Letonia, Lituania, Chipre, Luxemburgo, Dinamarca, Eslovaquia, Malta, Países Bajos, Polonia, Eslovenia, Portugal, Estonia, Finlandia, Francia, República Checa, Rumanía, Grecia, Hungría y Suecia.
El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo lo conforman, además, Islandia, Noruega y Lichtenstein. Y Suiza está aparte, en la Confederación Suiza (estos cuatro países no forman parte de la UE).

Los ciudadanos de estos países deben trabajar por cuenta propia o ajena en España o demostrar ingresos que les permitan su manutención, tener seguro médico a todo riesgo en España, o estar matriculados para estudiar o formarse profesionalmente en instituciones públicas o privadas.

También pueden solicitar la reagrupación familiar si son familiares de un ciudadano comunitario, siempre que cumpla con los requisitos.

Tendrán derecho a la residencia permanente si residen en España legal e ininterrumpidamente por 5 años o, si en ese periodo, alcanzaron la edad de jubilación con derecho a pensión, o si cesan en su actividad como consecuencia de incapacidad permanente y residieron en España más de 2 años.

Los familiares de ciudadanos comunitarios, si son cónyuges, parejas registradas o hijos pueden asimismo pedir el permiso de residencia, según los casos que establezca la Ley de Extranjería.

En todos los casos, quienes obtengan los permisos de residencia y trabajo en España deberán seguir las leyes y la Constitución Española, sin excepción.

Diferencias entre nacionalidad y ciudadanía

Abogados de extranjería en MadridLos conceptos de ciudadanía y el de nacionalidad son distintos.

La ciudadanía está relacionada con los derechos políticos y sociales de una persona en un país determinado (como por ejemplo el derecho a voto), pero contar con la ciudadanía de un país no implica necesariamente tener su nacionalidad.

La nacionalidad vincula a todos los individuos con el Estado independientemente de que tengan o no los derechos políticos.

Contar con la ciudadanía de un país no implica necesariamente tener su nacionalidad. Es decir, habrá personas que sean nacionales pero por diversas razones (edad, condenas penales...) no sean ciudadanos y no puedan ejercer los derechos como tal.

Exequatur

Abogados de extranjería, ExequaturEl exequatur (también denominado exequátur o execuátur) es el procedimiento jurídico que se encarga de examinar si una sentencia (o laudo) extranjera es válida y cumple ciertos requisitos para que posea plena eficacia y se pueda ejecutar en otro país distinto del que se dictó dicha sentencia.

Por lo tanto, el exequatur se constituye con un doble propósito: la homologación de una resolución judicial extranjera (tras el exequatur esta resolución será reconocida y ejecutada como española), o bien la declaración de que una resolución no es susceptible de reconocimiento ni ejecución en España.

Uno de los casos más frecuentes de este tipo de procedimientos es el exequatur de divorcio, el cual supone la solicitud de reconocimiento y ejecución de sentencias de divorcio de un matrimonio en un país extranjero.

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